RECLAMACIÓN A LAS CALIFICACIONES
Todo lo referido al proceso de reclamación a las calificaciones en cualquier momento del curso, se ajustará a lo que la legislación vigente tiene previsto para cada caso.
Siendo dicha legislación la que detallamos a continuación:
(Haga click aquí para ver la Orden completa).
(Haga click aquí para ver la Resolución completa).
No obstante, a continuación, detallamos lo relativo a la reclamación de las calificaciones, recogida dentro de la Orden de 5 de mayo de 2016:
CAPÍTULO IV
Reclamación de calificaciones
Artículo 45. Información al alumnado y comunicación con las familias.
Artículo 46. Publicidad de los instrumentos y criterios de evaluación.
Artículo 47. Imposibilidad de la aplicación de la evaluación continua.
Artículo 48. Reclamación en el centro tras la primera o la segunda evaluación.
Artículo 49. Reclamación en el centro tras la evaluación final ordinaria o extraordinaria.
Artículo 50. Elevación de la reclamación ante la Consejería competente en materia de Educación.
Artículo 51. Procedimiento de urgencia para la tramitación de las reclamaciones.