El director del centro, que será su presidente.
El jefe de estudios.
Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. En nuestro caso, 7 profesores.
Un número de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. En nuestro caso, cuatro alumnos.
Un número de padres ,elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. En nuestro caso, 2 representantes más un tercero que es nombrado por la AMPA del centro
Un representante del personal de administración y servicios del centro.
Un representante del personal de atención educativa complementaria (en nuestro caso, un representante por Aula Abierta)
Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.
El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
Funciones del Consejo Escolar
El Artículo 127 de la LOE-LOMCE establece las siguientes competencias:
a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.
b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.:
CONSEJO ESCOLAR IES ALJADA | |
DIRECTORA | JOSEFA HERRERA FERNÁNDEZ |
JEFE DE ESTUDIOS | ESTHER PARRA MEROÑO |
SECRETARIA | LORENA MACHETTI BARCELÓ |
SECTOR PROFESORADO | MARCOS CARACENA ABENZA |
ISABEL NAVAS MORALES | |
MERCEDES MORENO GALLEGO | |
ASENSIO SEGADO ROCA | |
JOSÉ ANTONIO GRAU LÓPEZ | |
NICOLÁS SANDOVAL REVERTE | |
MARGARITA GUIRAO CAMPOY | |
SECTOR MADRES/PADRES | MONSERRAT NAVARRO NAVARRO |
FRANCISC0 CANTERO DENGRA (AMPA) | |
ASCENSIÓN PALLARÉS HERNÁNDEZ | |
SECTOR ALUMNOS/AS | ESPERANZA BALLESTA LÓPEZ |
MARÍA JOSÉ CASTILLO CAMACHO | |
MARIO LÓPEZ VERA | |
SILVIA HIDALGO MARTÍNEZ | |
REPRESENTANTE DEL AYUNTAMIENTO | JOSÉ ADRIÁN PÉREZ SÁNCHEZ |
SECTOR P.A.S. | FRANCISCA BAÑOS VIVES |
PERSONAL ATENCIÓN EDUCATIVA COMPLEMENTARIA | ENCARNACIÓN BALLESTER MARTÍNEZ |