El cumplimiento del Artículo 18 de la Ley de prevención de riesgos laborales, obliga a informar al personal docente de los riesgos a los que se encuentran sometidos en su puesto de trabajo, así como las medidas preventivas a adoptar para evitarlos y la organización en materia de emergencias de que disponen en su centro de trabajo.
Artículo 18 Ley de prevención de riesgos laborales:
Información, consulta y participación
El trabajador recibirá todas las informaciones necesarias en relación con:
• Los riesgos para la seguridad y la salud, tanto los que afectan a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
• Medidas y actividades de protección y prevención.
• Medidas adoptadas en el artículo 20 (emergencias).
INFORMACIÓN QUE SE FACILITA
• Los riesgos asociados a su puesto de trabajo y las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos, (fichas). Las fichas deben descargarse de la Web de la Consejería de Educación, Formación y Empleo en la sección de Prevención de Educación, accediendo cada persona a su especialidad. Se recomienda encarecidamente NO IMPRIMIR las fichas. Enlace de descarga.
• Los riesgos asociados al centro de trabajo donde desempeñe la actividad el docente y las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a dichos riesgos, (documento “riesgos_generales_2_1.pdf”).
• Las medidas adoptadas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de su centro docente,
(documento “P-09-03-01_Guía_prevención_riesgos_laborales_3.pdf”).
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