ADMISIÓN NUEVOS ALUMNOS 20-21
Plazo de solicitudes: del 18 al 30 de junio |
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CONDICIONES GENERALES DE ACCESO |
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Para formalizar la matrícula será requisito imprescindible haber cumplido dieciséis años durante el año 2020. Los mayores de catorce años, cumplidos durante 2020 podrán realizarla en un idioma distinto del primer idioma cursado en la educación secundaria obligatoria, para lo cual deberán aportar un certificado que acredite dicha condición (ver Anexo). |
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ALUMNOS SUJETOS Y NO SUJETOS AL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN |
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Estarán sujetos al procedimiento de admisión en una escuela oficial de idiomas:
No estarán sujetos al procedimiento de admisión:
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CALENDARIO DE SOLICITUD Y MATRÍCULA NUEVOS ALUMNOS |
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ACCESO DIRECTO A LOS DISTINTOS CURSOS |
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El acceso mediante estos procedimientos no tendrá efectos académicos sobre los cursos no realizados y por lo tanto no dará derecho a la obtención del certificado correspondiente.
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Valoración Positiva Competencia Lingüística IES El alumnado que esté cursando el segundo ciclo de la Enseñanza Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, o estas enseñanzas en el Sistema de Enseñanzas de Lenguas Extranjeras (SELE), la Formación profesional o la Enseñanza de personas adultas, podrá acceder al nivel Básico A2, al nivel Intermedio B1 o al nivel Intermedio B2.1 mediante una valoración positiva de la competencia lingüística alcanzada en los idiomas que esté estudiando, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos de edad para el acceso. Esta valoración será realizada por su profesor de lengua extranjera en las correspondientes enseñanzas conforme a los Anexos III, IV y V, y en ella se hará constar que el alumno ha alcanzado satisfactoriamente los objetivos necesarios para el acceso a los correspondientes cursos de las enseñanzas de idiomas de régimen especial. |
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Prueba de Clasificación Haber superado la prueba de clasificación a un determinado curso y nivel del idioma al que se quiere acceder. |
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Antiguos Alumnos (oficiales) Los solicitantes con estudios interrumpidos hace uno o más años podrán emplazarse en el primer curso del nivel inmediatamente superior si superaron cuatro de las competencias parciales por actividades de lengua de dicho curso o tres si pertenece a un currículo regulado por aplicación del RD 1629/2006, de 29 de diciembre. Estos solicitantes no podrán emplazarse en un curso inferior al que interrumpieron, salvo que soliciten matrícula formativa. |
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MATRÍCULA FORMATIVA |
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La matrícula formativa va dirigida a:
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¿CÓMO SE REALIZA LA SOLICITUD DE ADMISIÓN? |
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Quienes deseen ingresar como alumnos de alguna escuela oficial de idiomas o cualquiera de sus sedes, deberán realizar una solicitud telemática dentro del plazo previsto en el calendario del proceso. Para la cumplimentación de la solicitud deben acceder con la siguiente URL: http://sede.carm.es. En el apartado “Registro y Guía de procedimiento y Servicios”, buscar el procedimiento 1909 (Proceso de admisión y matriculación de alumnos en las escuelas oficiales de idiomas). Una vez se acceda a dicho enlace, los solicitantes seleccionarán “Admisión para la Escuela Oficial de Idiomas”. Los solicitantes podrán optar por alguna de las dos opciones siguientes: Con certificado digital, cl@ve o información conocida por ambas partes (clave concertada) En estos casos la solicitud quedará firmada y presentada en el registro electrónico de la CARM.
En caso de estudiantes mayores de edad, dados de alta en la aplicación de gestión Plumier XXI en cualquier enseñanza, podrán acceder y firmar la solicitud en nombre propio con NRE y su contraseña.En caso de estudiantes menores de edad, podrán acceder y firmar los padres y madres de alumnos dados de alta en Plumier XXI para cualquier enseñanza con DNI y clave de acceso, que es la misma que pueden utilizar en MIRADOR en la pestaña "Acceso padre/madre/Tutor legal"Los docentes de la región de Murcia podrán acceder y firmar la solicitud con sus claves de acceso a la zona privada de Educarm. Presentación en papel previa impresión: una vez finalizado el proceso de solicitud deberá imprimirla y presentarla junto con la documentación pertinente, en su caso, en la secretaría de la EOI de su primera opción. En su defecto, se podrá presentar en los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si opta por presentar la solicitud en papel en la secretaría de esta EOI, deberá solicitar cita previa, y seguir las instrucciones que a tal respecto se detallan en este protocolo. Tenga en cuenta que cada día se darán un número limitado de citas, por lo que deberá pedir su cita con tiempo de atelación al de finalización del plazo dde solicitud. Se realizará UNA solicitud para cada idioma, seleccionando idioma, nivel, curso y, tantas sedes y turnos como el aspirante quiera en orden de preferencia conforme a la oferta de cada sede. No obstante, la Consejería podrá modificar la oferta de niveles o turnos de cada centro atendiendo al cumplimiento de las ratios, tanto mínima, para constituir grupo, como máxima. Se podrán realizar tantas solicitudes de idiomas como se oferten en las distintas sedes. Los solicitantes con derecho de preferencia en los procesos de admisión, acreditarán, en su caso, la situación que corresponda al realizar la solicitud. Al finalizar la inscripción, la aplicación informática generará un documento denominado “Solicitud” –con un identificador (ID), que el interesado deberá conservar como justificante de presentación de la misma. Si el solicitante apreciase algún error en las peticiones formuladas, podrá realizar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, una nueva instancia(anulando la anterior en el proceso de inserción de la nueva). |
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LISTADOS DE SOLICITANTES, ADMITIDOS Y LISTAS DE ESPERA |
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Listas provisionales de solicitantes Las relaciones provisionales de solicitantes por idioma, curso, turno, nivel e indicación del derecho de preferencia se publicarán en las páginas webs de las Escuelas Oficiales de Idiomas, en la sección EOI-ADMISIÓN de la web http://www.educarm.es/artes-idiomas-deportesy en la web de Enseñanzas de Régimen Especial https://www.tufuturoempiezahoy.com/ en las fechas establecidas en el calendario del proceso. En dicha relación figurará, para cada aspirante, nombre, identificación (DNI, NIE o pasaporte), sede(s) solicitadas y número de solicitud asignado. Los solicitantes dispondrán de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de las listas provisionales, para presentar reclamaciones contra las mismas en el registro de la escuela o sede de su primera opción. Listas definitivas de aspirantes y reclamaciones contra las mismas. Los listados definitivos de solicitantes se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes así como, con carácter informativo, en las páginas webs de las Escuelas Oficiales de Idiomas, en la sección EOI-ADMISIÓN de la web http://www.educarm.es/artes-idiomas-deportes y en la web de Enseñanzas de Régimen Especial https://www.tufuturoempiezahoy.com/ en las fechas establecidas en el calendario del proceso. Cada lista incluirá a la totalidad de solicitantes con los mismos datos que en los listados provisionales. Contra las listas definitivas cabrá recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de las mismas. La interposición de este recurso, que agota la vía administrativa, no paralizará el procedimiento de admisión y adjudicación de plazas. Publicación de vacantes y relación de admitidos y no admitidos (lista de espera). Una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes, así como el número total de plazas vacantes ordenado por sede, idioma, curso, nivel y turno, se realizará un sorteo público en la Consejería de Educación y Cultura, Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad. Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial (Gran Vía Escultor Salzillo, 32, esc. 2ª, 5ª planta - 30.005 Murcia), que establecerá el orden de adjudicación de dichas plazas. Las fechas correspondientes a estas actuaciones serán las establecidas en el Anexo I de esta resolución. El sorteo previsto en el apartado anterior supondrá la asignación aleatoria de un número de entre el total de solicitantes por idioma. A partir del número aleatorio resultante del sorteo y en orden ascendente se iniciará la asignación de plazas en cada uno de los niveles. Listas de Espera Los aspirantes no admitidos figurarán en listas de espera conforme al orden numérico resultante del sorteo. La adjudicación de los integrantes de la lista de espera se realizará según el calendario del proceso. La matriculación de los adjudicados se realizará según el calendario del proceso. Concluida la fase de matriculación de los adjudicados procedentes de la lista de espera, quedará sin efecto la misma, y las posibles plazas sobrevenidas serán adjudicadas por las distintas Escuelas Oficiales de Idiomas según el calendario del proceso. |
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DERECHO DE PREFERENCIA |
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Con objeto de garantizar la preferencia en los procesos de admisión que les reconoce la normativa vigente, se reservará: Un 3% de las vacantes de cada escuela para cada curso, turno e idioma destinadas a aquellos solicitantes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones, con independencia de la causa que dé lugar a este derecho de preferencia:
Un 15% de las vacantes de cada escuela para cada curso, turno e idioma a aquellos profesores que hayan prestado servicios en esta Consejería en el curso 2019/2020, con el fin de garantizar la adecuada formación en materia de idiomas del profesorado dependiente de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Documentación acreditativa: Certificado deldirector del centro en donde haya prestado o esté prestando servicios (ver Anexo). Estos solicitantes marcarán en la solicitud la casilla correspondiente en el apartado “ejercicio del derecho de preferencia” y en caso de que dicha documentación no esté en posesión de la administración o, si el solicitante manifiesta su oposición expresa a su consulta, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación se adjuntará al realizar la solicitud. La no presentación de la documentación acreditativa de una situación determinada supondrá la pérdida de los derechos a que ésta dé lugar. El derecho de preferencia solo se podrá ejercer para una de las situaciones especificadas en este apartado. Los solicitantes que no obtengan una de las plazas reservadas se integrarán en las listas generales de solicitantes de admisión, pudiendo ser admitidos o no atendiendo al orden de prelación establecido con carácter general. |
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BONIFICACIONES, EXENCIÓN Y TASAS |
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Tasas Según lo dispuesto en la Orden de 29 de mayo de 2020 de la Consejería de Presidencia y Hacienda, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el año 2020, las tasas aplicables para la matrícula en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Región de Murcia son las siguientes:
Bonificaciones y exenciones de pago en las tasas. Estas situaciones son las siguientes:
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FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA |
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Una vez publicadas las listas definitivas de admitidos. Se formalizará la matrícula. Los aspirantes admitidos en su primera opción que no formalicen su matrícula en los plazos establecidos en el calendario del proceso decaerán en su derecho a la plaza. Los aspirantes admitidos en algún turno diferente al de su primera opción que no formalizarán su matrícula en las fechas previstas, quedarán en lista de espera con el número de orden asignado en el sorteo, optando a mejorar su opción, en su caso. Para formalizar la matrícula, todos los solicitantes, independientemente de si están exentos de pagar la tasa, deberán:
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PLAZAS SOBRANTES |
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Tras la publicación del listado de adjudicados (admitidos) de nuevo ingreso, se publicarán las vacantes en los idiomas cursos y niveles para los que no existan solicitantes. Las EEOOII correspondientes publicarán en sus páginas web las fechas de los actos de adjudicación presenciales para cubrir dichas plazas, según el calendario del proceso. Si se produjeran nuevas vacantes una vez concluido el llamamiento de listas de espera y finalizada la matrícula de alumnos oficiales, las Escuelas Oficiales de Idiomas habilitarán un sistema de adjudicación presencial o telemático hasta la total cobertura de las vacantes. De este proceso, cada centro informará con la debida antelación en las fechas indicadas en el calendario del proceso. |
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