Artículo 127 (LOMCE) Competencias del Consejo Escolar.
Promover medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
Interveción educativa del primer trimestre: JUGUETES NO SEXISTAS
¿QUÉ LE REGALO AL CRÍO O CRÍA POR ESTAS FECHAS?
Gracias a la AMPA del centro por su cariñosa colaboración.